STS 713/2015 Diciembre 2015
por ACCA · 21 diciembre, 2015
Sentencia del Supremo en el que estima parcialmente el recurso del padre contra el fallo de la Audiencia Provincial de Sevilla que le negó la custodia compartida de las hijas y la concede.
El Supremo insiste en la citada sentencia en su jurisprudencia ya conocida a favor de la custodia compartida y la acepta porque, de acuerdo a la sentencia recurrida, ambos progenitores tienen capacidad para educar a los hijos.
El sistema de custodia compartida, según la jurisprudencia del alto tribunal, es el deseable cuando sea posible.
Además, mantiene una pensión compensatoria para la madre porque dejó de trabajar para ocuparse de los hijos. Eso sí, sobre esta pensión sí impone una limitación temporal por tres años porque, dice la Sala, esta limitación tiene sentido en una pensión compensatoria como estímulo en la búsqueda de ocupación laboral para la madre.
Sin embargo, la sentencia no acepta la petición del padre de que, al adoptarse el sistema de custodia compartida, ya no sea necesario el pago de alimentos. Por el contrario, el Supremo mantiene esta pensión sin limitación temporal.