Los Tribunales no pueden obligar pero sí recomendar
… a los padres que se sometan a terapia familiar para facilitar la relación paterno-filial con los hijos menores.
Se recurre la sentencia dictada en juicio de modificación de efectos de sentencia de divorcio, en la que se dispone, entre otros pronunciamientos, que ambos padres se someterán a terapia familiar, con el fin de facilitar la relación paterno-filial con los hijos menores, medida con la que la recurrente no está de acuerdo.
Los Tribunales pueden -acogiendo los dictámenes de expertos- exhortar a la realización de tales terapias y también valorar la actitud de los progenitores que prescindan de sus recomendaciones, en función de la importancia o gravedad de los problemas existentes, para modificar o arbitrar las medidas oportunas en relación con los hijos. Sin embargo, dichas terapias no pueden ser impuestas como obligación de hacer.
Fuente: Diario del Derecho