A las mujeres hay que creerlas si, o si – Asociación Custodia Compartida de Alicante

A las mujeres hay que creerlas si, o si

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A las mujeres hay que creerlas si, o si

No os atreváis a pensar que Carmen Calvo esta zumbada, porque es una ilustre jurista, y no dice ninguna tontería. Está claro que el mensaje de Carmen Calvo es un torpedo dirigido a la línea de flotación de la presunción de inocencia masculina, y habrá quien quiera revolcarse en el barro creyéndose cobijado en ese bastión de la democracia. La razón de que ya no se construyan grandiosas fortalezas es que la historia ha demostrado que no existe una barrera que sea infranqueable ni castillo inexpugnable. El derecho a la presunción de inocencia no es un principio inexpugnable, y Carmen Calvo está coordinando un ataque dirigido contra ese bastión de la democracia. Las cuentas no le salen al feminismo, y no están nada contentas viendo como desde nuestras filas ondeamos la bandera del 80% de denuncias que terminan sin condena. El feminismo está maniobrando para acabar con esa cifra escandalosa y saben que su principal enemigo es la presunción de inocencia, y la tendencia de los jueces a no condenar salvo que aparezca la culpabilidad del acusado meridianamente clara.

Durante algunos años, las feministas han tratado de actuar mediante el adoctrinamiento de los jueces, a través de los cursos “de genero”, pero se muestran incapaces de conseguir que aumente la tasa de condenas. Las feministas han llegado a la conclusión de que hay que demoler el bastión que está salvando a tantos hombres de la condena en un tribunal. Están decididas a acabar con la presunción de inocencia masculina, y lo peor es que pueden hacerlo.

El TEDH tiene declarado que ningún derecho humano es absoluto. Todos los derechos humanos pueden ser modulados por razones previstas en la Ley y necesarias en un Estado democrático, y al mismo tiempo otorga a los Estados un gran margen de discrecionalidad a la hora de apreciar la necesidad. La presunción de inocencia no escapa a esa modulación. Solo hace falta identificar las razones que hacen necesaria la restricción del derecho, y justificar que esa limitación se hace para salvaguardar principios democráticos.  Es aquí donde ha hecho su mayor trabajo el aparato feminista, identificando un enemigo a batir, “el patriarcado”, y teorizando una herramienta capaz de acabar con el problema: la perspectiva de género.  Ambos elementos han sido teorizados desde el campo ideológico, pero las juristas feministas han ido mas allá, consiguiendo introducirlos en el derecho como conceptos jurídicos indeterminados que ahora incluso modulan las resoluciones judiciales.

El argumento de las juristas feministas, impulsado por el gobierno es que las mujeres padecen un desequilibrio estructural en la protección de su integridad física y sexual, y ese desequilibrio viene causado por la histórica primacía del varón frente a la mujer, debido a lo cual, han de reformarse las estructuras jurídicas patriarcales para introducir perspectivas de género que permitan proteger a la mujer en condiciones de igualdad, y por ello es preciso atenuar la presunción de inocencia de los varones. A las mujeres hay que creerlas, si o si, y las cuentas empezaran a salir. Se trata de que el Estado elimine las estructuras patriarcales que limitan la credibilidad de las mujeres, teniendo en cuenta su situación de desigualdad y compensando las deficiencias del sistema que minusvalora la veracidad de su testimonio.

La mujer solo deberá declarar una vez, y al principio de la actuación judicial, en un entorno amable que evite su victimización secundaria, y el denunciado deberá contentarse con esa declaración limitando su capacidad de contradicción en juicio. Con ello se consigue que la denunciante no pueda caer en contradicciones que limiten la veracidad de su testimonio, que por otra parte deberá valorarse desde la perspectiva de género, sin que su credibilidad pueda ser cuestionada cuando no existan elementos de prueba que resulten indubitados.

Esto es lo que se nos viene encima.

Por: Abel Céspedes.

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